SIFU, Centro Especial de Empleo de personas con discapacidad

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Preguntas frecuentes

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LGD y cumplimiento

¿Qué es una medida alternativa y cómo funciona?

Es la vía legal para cumplir la LGD cuando no es posible contratar directamente personas con discapacidad. La más utilizada es el contrato de prestación de servicios con un CEE. El importe mínimo debe equivaler a 3 veces el IPREM anual por cada trabajador no cubierto —21.600 € por persona en 2025—.

LGD y cumplimiento
¿A partir de cuántos empleados es obligatorio cumplir la LGD?

Todas las empresas —públicas o privadas— con 50 o más trabajadores están obligadas a reservar el 2% de su plantilla para personas con discapacidad igual o superior al 33%. El cómputo incluye todos los contratos vigentes, independientemente de la jornada o modalidad.

LGD y cumplimiento
¿Qué pasa si recibo una notificación de Inspección de Trabajo por la LGD?

El plazo para regularizar es breve —generalmente de 10 a 15 días hábiles—. La solución más rápida es firmar un contrato de medida alternativa con un Centro Especial de Empleo (CEE) como SIFU, que puede activarse en menos de una semana y cubre la obligación desde el primer día del contrato.

LGD y cumplimiento
¿Cuánto cuesta incumplir la LGD?

El incumplimiento es una infracción grave sancionable con multas de entre 751 € y 225.018 € según la gravedad y el tamaño de la empresa. Además, puede suponer la exclusión de licitaciones públicas, la pérdida de subvenciones y un impacto negativo en procesos de due diligence ESG.

LGD y cumplimiento

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